Más allá del hecho de que la pérdida de un ser querido es un evento difícil de superar, las formalidades que deben completarse para formalizar la muerte a veces son complicadas y el duelo solo se retrasa.
Declarar la salida del fallecido, rellenar contratos o incluso proceder con la evacuación y preparación del cuerpo, todas estas etapas obedecen a plazos precisos, recomendados u obligatorios.
Primeros pasos después de una muerte
Después de la muerte, es importante recopilar todos los documentos del difunto que serán necesarios para sus diversos procedimientos: documento de identidad, libro familiar, libro de matrimonio, documentos de seguro funerario, título de concesión, recibos salariales, certificado de convivencia, etc.
Notificar el fallecimiento en el ayuntamiento
Los familiares tienen solo 24 horas después de la muerte del familiar para que sea certificada por un médico. Esta es responsabilidad de la familia del fallecido, pero también se puede delegar en un servicio especializado.
Después de la declaración, el ayuntamiento emite un certificado de defunción que hace legal el entierro o la cremación del difunto.
En caso de fallecimiento en un hospital, el centro se encarga de los procedimientos.
Transferencia el cuerpo del difunto
La transferencia del fallecido debe realizarse rápidamente después del descubrimiento.
Sin embargo, sucede que los familiares piden mantener el cuerpo de este último durante algún tiempo antes del transporte a un instituto forense o cámara funeraria.
Póngase en contacto con el resto de los familiares
Para preparar mejor el funeral y elegir entre cremación y entierro, se recomienda avisar a amigos y familiares de la próxima ceremonia para organizar la salida del difunto. Idealmente, el mismo día o los próximos 2 a 3 días.
Entierro o cremación, ¿qué modo de funeral elegir?
La ley española exige que el funeral del difunto se lleve a cabo antes del séptimo día después de la muerte.
Lo ideal es contactar rápidamente a la funeraria una vez que se haya obtenido la declaración de fallecimiento para elegir el modo de funeral más apropiado.
La fecha límite es de 6 días como máximo.
Nota: se pueden agregar reglas adicionales dependiendo de la religión, creencias y deseos del difunto.
Se recomienda más comúnmente entierro o cremación de 3 a 4 días después de la muerte:
- El entierro consiste simplemente en entierro o en bóveda, en el entierro del difunto. Es la forma más común de funeral en España.
- Cremación, es la incineración del cuerpo en el crematorio. Las cenizas se almacenan en una urna.
Es decir, que la cremación y el entierro no son necesariamente opuestos. De hecho, uno puede enterrar un ataúd y una urna una vez que esté lleno de cenizas del difunto.
¿Cómo obtener una excepción de plazos por repatriación?
A veces los límites de tiempo no son suficientes para llevar a cabo todos los procedimientos funerarios, en particular en caso de:
- Repatriación del cuerpo del extranjero
- Personas que viven en el extranjero y no pueden moverse rápidamente
- Disponibilidad de agencias funerarias
Por lo tanto, la funeraria elegida puede solicitarle una excepción en el juzgado de su província. La ley requiere presentar un archivo que contenga lo siguiente:
- Formulario oficial completado por los parientes
- Certificado de defunción
- Autorización de cierre para ataúd y autorización de entierro o cremación
Este es un procedimiento excepcional que puede aplicarse con un máximo de uno a dos días. De hecho, la conservación de un cuerpo no es eterna y la familia debe poder pasar el duelo con tranquilidad.
Para resumir, el funeral del difunto debe formalizarse lo antes posible, menos de 7 días después del descubrimiento del cuerpo.
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